euskadiko langile komisioak | 3 julio 2024.

La justicia reconoce como accidente de trabajo la lesión de una trabajadora de la OTA de Donostia que necesitó un año de baja médica tras el alta que emitió Fremap

  • CCOO denuncia que tras un mes de baja médica la trabajadora no estaba curada, por lo que Fremap emitió un alta médica prematura y fuera de lugar

28/05/2024.
Foto: Europa Press

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El Juzgado de lo Social Nº3 de Donostia ha emitido una sentencia que estima que la lesión de rodilla de la trabajadora M.G.S. es un accidente de trabajo. M.G.S. es controladora del pago de aparcamientos de vehículos a motor (OTA Donostia) de la empresa Estacionamientos de Servicios SA, y sufrió en marzo de 2022 un accidente de moto de los denominados in itínere cuando había finalizado su jornada de trabajo.

Si bien la mutua Fremap se hizo cargo en un primer momento del tratamiento y el pago de la prestación económica por ser un accidente de trabajo, emitió el alta médica un mes después. Al continuar sufriendo dolores y molestias M.G.S. volvió a la mutua, negándose esta a emitir una baja médica. Ante esta situación, la trabajadora tuvo que acudir a Osakidetza, que emitió una nueva baja médica por rotura de ligamento cruzado que comenzó en junio de 2022 y se ha prolongado hasta mayo de 2023.

Si bien en sus alegaciones la mutua ha intentado desvincular las lesiones de uno y otro proceso de baja, la sentencia declara que el segundo proceso de baja “deriva de accidente de trabajo, al constituir una recaída del proceso de IT previo causado tras un accidente de trabajo in itínere”. La sentencia considera evidente el nexo de causalidad entre la patología del segundo periodo de baja médica y el accidente acontecido en marzo de 2022.

CCOO considera el alta médica emitida por Fremap prematura y fuera de lugar por no estar recuperada la trabajadora para desempeñar su tarea, como prueba el hecho de que M.G.S. haya tenido que estar de baja médica un año más después de esa alta. También es indicativo de que la trabajadora no estaba recuperada el hecho de que la propia mutua la derivó a resonancia magnética después de emitir el alta, con igual resultado de rotura de ligamento cruzado.