euskadiko langile komisioak | 28 abril 2024.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco condena a Fremap a pagar los audífonos al trabajador afectado de sordera por ruido en el trabajo

  • El trabajador lleva 4 años sin los audífonos que necesita y CCOO quiere mostrar su estupor e indignación por las directrices que la dirección de Fremap pueda estar trasladando a su personal .

14/11/2023.
Foto: Europa Press

Foto: Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha emitido en fechas recientes la sentencia 2359/2023, por la que condena a la mutua Fremap al pago de los audífonos que el trabajador J.F.G. precisa por encontrarse aquejado de una sordera bilateral debido a la exposición al ruido en su puesto de trabajo. La sentencia establece que para que Fremap no tuviese que abonar al trabajador los audífonos o su importe, que asciende a 5.328 euros, “hubiese sido necesario demostrar que el componente principal de la situación del trabajador no es la enfermedad profesional si no la común, y ello no consta”. J.F.G. ha sido trabajador de la empresa Ifam Seguridad SLU desde 1972 hasta su jubilación en el año 2021, estando expuesto a niveles elevados y constantes de ruido en el ambiente de trabajo.

Como CCOO ya informó en su día, al trabajador se le reconoció un baremo 11 de sordera de origen profesional mediante resolución de la Seguridad Social en 2019 por pérdida auditiva derivada de la exposición a ruido en el trabajo. La resolución adquirió carácter de firmeza al no ser recurrida ni por Fremap ni por la empresa del trabajador, hasta el punto de que Fremap abonó al trabajador la indemnización correspondiente al citado baremo 11, reconociendo de facto el origen profesional de la patología. Al ser Fremap la entidad responsable de las contingencias profesionales de la plantilla de Ifam Seguridad SLU, lo es también del tratamiento de las mismas, tratamiento que en los casos de baremo 11 de sordera profesional, el más grave de los posibles, incluye la prescripción de audioprótesis y a la que Fremap se ha negado en todo momento.

Fue también Fremap quien recurrió la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado de lo Social de Eibar y que daba la razón al trabajador, lo que ahora ratifica el TSJPV tras perder nuevamente Fremap. Esto ocurre pese a disponer la propia entidad de documentación generada por ella misma y que reconoce la necesidad de audioprótesis bilateral, ya que Fremap solicitó informe al Hospital Quironsalud y en este se refleja tal conclusión. En su día Osakidetza también emitió informe con la misma conclusión, mientras que la Seguridad Social se ha pronunciado en dos ocasiones de igual manera dando la razón a J.F.G.

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha recordado que el sindicato llegó incluso a movilizarse en julio de 2022 ante el local de Fremap en Arrasate, movilización durante la cual se trasladaron por escrito al responsable de ese centro una vez más las reivindicaciones del trabajador. 

CCOO muestra igualmente su estupor e indignación por las directrices que la dirección de Fremap pueda estar trasladando a su plantilla, y que llevan a un trabajador a estar cuatro años sin los audífonos que precisa contra el criterio de la propia mutua, Osakidetza, Seguridad Social e incluso una sentencia judicial. El sindicato recuerda igualmente que 5.328 euros es una cantidad irrisoria para una mutua, pero un verdadero lastre en el presupuesto doméstico de una familia de clase trabajadora.