euskadiko langile komisioak | 7 octubre 2024.

CCOO denuncia excesiva relajación empresarial en la aplicación de medidas preventivas frente a los accidentes de trabajo

  • Las sanciones que se derivan de varias denuncias interpuestas por el sindicato revelan un escenario realmente preocupante en los centros de trabajo.

01/12/2022.
Manifestación por Vitoria - Gasteiz con motivo del 28 de abril

Manifestación por Vitoria - Gasteiz con motivo del 28 de abril

CCOO denuncia que en Euskadi sigue existiendo un número importante de empresas que incumple diversos puntos de la legislación en materia de seguridad y salud en el trabajo y no aplica las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.

Esta realidad, unida al hecho de que hasta el momento en 2022 hayan fallecido 39 personas en accidentes laborales en Euskadi, según los datos recopilados por el propio sindicato, dibuja un escenario realmente dramático. CCOO quiere constatar igualmente que diversas administraciones y juzgados se hacen eco también de estas nefastas condiciones de trabajo en algunas empresas, puesto que recientemente se han producido diversas sanciones y condenas tras denuncias y reclamaciones que ha interpuesto el sindicato.

Por un lado, el Juzgado de lo Social Nº1 de Donostia ha emitido una sentencia por la que confirma la sanción de 40.986 euros a la empresa Cárnicas Goya (José Antonio Goya SL), radicada en Anoeta, por las lesiones que ha sufrido el trabajador M.R.O. debido al incumplimiento de la empresa de implantar medidas preventivas. El trabajador ha sufrido rotura de los manguitos rotadores de ambos hombros debido a la manipulación manual de cargas, por lo que se le ha reconocido una incapacidad permanente total y un recargo de prestaciones del 50%. La sentencia considera que la empresa ha incurrido en una falta tipificada como muy grave al no evaluar los riesgos ergonómicos, no adaptar el puesto de trabajo al deterioro de salud que ya venía presentando el trabajador e incumplir el deber de vigilancia de la salud, lo que implica que M.R.O. ha estado trabajando en situación de riesgo grave e inminente para su salud.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, por su parte, ha levantado un acta de infracción y ha propuesto a la autoridad laboral que se sancione a la empresa Illunion Limpieza y Medioambiente SAU con la cantidad de 2.451 euros. La razón es que la empresa no ha evaluado debidamente la exposición a determinados productos de limpieza utilizados por las personas trabajadoras que se ocupan de la limpieza de las estaciones de Metro Bilbao, entidad de la que Illunion Limpieza y Medioambiente SAU es empresa subcontratada para esta tarea.

 

La misma Inspección de Trabajo ha realizado otra propuesta para que se sancione con la cantidad de 9.830 euros por falta grave según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social a la empresa Tablev SA, radicada en Bedia y dedicada a la fabricación de chapas y tableros de madera. La sanción tiene su origen en el accidente sufrido por el trabajador I.C.F. en diciembre de 2021. El trabajador perdió un dedo al intentar solucionar un atasco en una máquina perfiladora, cuando su mano entró en contacto con la fresa de la máquina, estando el engranaje protegido únicamente con piezas de cartón pegadas con cinta, en vez de con resguardos o dispositivos de enclavamiento. En la actualidad se está tramitando el recargo de prestaciones para el trabajador por falta de medidas preventivas.

También se ha propuesto sancionar con 2.046 euros a la empresa Volbas SA, que administra el vertedero de residuos de construcción de Enekuri (Erandio), así como un recargo del 30% de todas las prestaciones, propuesta sobre la cual la Seguridad Social ha iniciado procedimiento para su resolución, para el trabajador A.M.R. Este trabajador sufrió diversas fracturas y lesiones derivadas de un accidente de trabajo ocurrido en marzo de 2021 cuando estaba hinchando un neumático de una pala cargadora y este reventó, alcanzando la onda expansiva al trabajador y desplazándolo varios metros. La Inspección de Trabajo de Bizkaia considera que “no se han identificado y evaluado los riesgos que se pueden presentar en el uso y el mantenimiento de los neumáticos” y que tampoco hay constancia de la existencia de procedimientos para el mantenimiento de los mismos. Tampoco “se especifican protecciones colectivas e/o individuales en las operaciones de inflado de neumáticos”, siendo este hecho de especial gravedad, puesto que el uso de gafas de seguridad o pantalla fácil podría haber minimizado las lesiones sufridas por A.M.R. en un ojo.