euskadiko langile komisioak | 29 marzo 2024.

El TSJPV condena a ILUNION SEGURIDAD S.A. por vulneración de derechos fundamentales a una trabajadora

  • Condena ejemplar en el TSJPV del País Vasco a Ilunion Seguridad S.A. por daños morales, vulneración de de derecho fundamental a la integridad física y a la libertad sindical a una delegada de personal de CCOO en Álava.

03/10/2022.
foto CCOO del Hábitat

foto CCOO del Hábitat

Los hechos se remontan al año 2019 en el momento en el que a la delegada de personal se le dejó sin tarea efectiva, permaneciendo en su domicilio, tras la pérdida del servicio donde trabajaba. Tras varios periodos de baja y de inactividad forzosa, se inició un proceso judicial por vulneración de derechos fundamentales, donde además se pedía al Juez la recisión de contrato, que fue concedida, recibiendo la delegada una importante indemnización. El juzgado de primera Instancia no condenó a la empresa por vulneración, pero tras recurrir, el TSJPV condenó a la empresa el 18 de mayo del 2021 por vulneración de derechos fundamentales, con una multa de 6.251 euros.

Durante todo este proceso la Delegada inicio un proceso de IT, debido a la presión sufrida en el ámbito laboral, este proceso se considero de inicio como Contingencia Común, tras reclamar el origen profesional de la misma mediante una determinación de contingencia, esta se gano por vía judicial frente a la empresa y el INSS el 1 de septiembre del 2021, considerándose Accidente Laboral, con el consecuente abono de la diferencia salariales generadas por el cambio de contingencia.

El día 14/9/2022 previo a celebrar el juicio por responsabilidad civil, causada por el periodo de IT reconocido de origen profesional y ocasionado por las prácticas de la empresa contra la delegada sindical, la empresa Ilunion Seguridad S.A. y a la aseguradora MAFRE, se llegó un acuerdo abonando la cantidad de 30.000 euros de forma solidaria por ambas entidades a la delegada sindical de CCOO. 

Queremos recordar que no es la primera vez que la empresas Ilunion Seguridad S.A. es condenad por este tipo de prácticas, remarcando que la vía judicial no solo ha condenado a la empresa sino que ha posibilitado resarcir económicamente a la trabajadora por el acoso laboral sufrido.