euskadiko langile komisioak | 16 enero 2026.

CCOO alerta del aumento de riesgos psicosociales en el trabajo y su ocultación como enfermedad común

  • El sindicato ha conseguido en fechas recientes que, en dos casos, relacionados con conflictos, hostigamiento o agresiones verbales en el trabajo, se reconozca el origen profesional de las patologías ocasionadas
  • CCOO denuncia que las mutuas nunca reconocen las patologías de ámbito psicosocial como origen profesional

08/01/2026.
Foto Europa Press

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CCOO lleva tiempo denunciando que los riesgos psicosociales que se relacionan con las condiciones de trabajo se están incrementando, ocasionando patologías que afectan a la salud mental de las personas trabajadoras. Y el hecho de que estas patologías queden ocultas como enfermedad común perjudica a la prevención de las mismas.

 

El fechas recientes, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Bizkaia ha emitido una resolución por la que estima que el periodo de baja, iniciado a finales de 2023 y con diagnóstico de ansiedad, de un trabajador de la empresa Laser Norte SA se corresponde con un accidente de trabajo, habiéndose referido en el escrito remitido por el gabinete de salud laboral de CCOO al propio INSS la presión psicológica ejercida sobre el trabajador por quien en aquel momento era gerente de la empresa. El informe de la Inspección de Trabajo de Bizkaia establece que esta última persona reconoció ante la inspectora actuante que sus formas pueden no ser las apropiadas en determinados momentos.

 

Asimismo, el Juzgado de lo Social único de Eibar ha emitido una sentencia que establece que el periodo de baja sufrido por la trabajadora de Limpiezas Impacto SL A.G.N. con diagnóstico de ansiedad es un accidente de trabajo y no una enfermedad común, por derivarse de agresiones verbales y amenazas de otra compañera. Pese a que la empresa rellenó de forma correcta el parte de asistencia para Mutua Universal, refiriendo este hecho, la mutua derivó el caso al sistema público de salud, generando así el ocultamiento del origen profesional.

 

La sentencia considera compatible el episodio de insultos y amenazas en tiempo y lugar de trabajo con el diagnóstico de salud de la trabajadora, estableciendo de forma textual que por ello esta “sufrió un ataque de pánico, nerviosismo y ansiedad, que provocó que el encargado tuviese que llevarla a urgencias”.

 

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha recordado que el documento “Trabajo y salud mental: hoja de ruta para las administraciones sanitarias en España”, editado recientemente por el Ministerio de Sanidad, ratifica una de las cosas en las que habitualmente se insiste desde el sindicato. El documento establece que la infradeclaración de las patologías como profesionales a través del ocultamiento como enfermedades comunes, en este caso referido a las que tienen que ver con la salud mental, es uno de los mayores problemas debido a que resta potencial preventivo ante las malas condiciones de trabajo.

CCOO también recuerda que es un hecho repetido de forma constante que las mutuas no reconozcan nunca las patologías del ámbito psicosocial como de origen profesional. Como en el caso de la trabajadora de Limpiezas Impacto SL, lo habitual es que recurran al supuesto argumento de que no existe hecho traumático, aludiendo a que no hay golpe o hecho físico similar y pretendiendo ignorar que la propia Ley General de la Seguridad Social establece que lo que ocurre en tiempo y lugar de trabajo es accidente de trabajo. El sindicato recuerda igualmente que el documento del Ministerio de Sanidad indica que derivar estas patologías al sistema público de salud, que es lo que ha hecho en este caso Mutua Universal, no revierte en la mejora de los entornos laborales.