euskadiko langile komisioak | 26 abril 2024.

El TSJPV condena a Mutualia al pago de las prestaciones a una auxiliar domiciliaria enferma de síndrome del túnel carpiano

    El TSJPV ha emitido una sentencia por la que reconoce que el síndrome del túnel carpiano que padece la trabajadora M.E.I.J. es una enfermedad profesional. La trabajadora es auxiliar domiciliaria de la empresa Aztertzen Servicios Asistenciales SL y ha tenido que ser operada de esta dolencia, característica del sector de ayuda a domicilio, lo que le ocasionó un periodo de baja entre el 19 de abril y el 2 de julio de 2017.

    12/06/2018.
    Concentración frente a Mutualia, foto archivo

    Concentración frente a Mutualia, foto archivo

     Si bien M.E.I.J. acudió a Mutualia, aquí se le ocultó el origen profesional de la patología y se le derivó a Osakidetza, resultando ahora la mutua condenada al pago de las prestaciones por la sentencia.

    La sentencia considera que las posturas forzadas, la manipulación manual de cargas y los movimientos repetitivos de miembro superior que la trabajadora sufre en su puesto de trabajo son causantes del síndrome del túnel carpiano. Estas condiciones de trabajo son características del sector de ayuda a domicilio durante la atención a la persona usuaria, el manejo de determinado mobiliario de la vivienda y en determinadas tareas de limpieza.

    El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha censurado la actuación de la Seguridad Social, que también rechazó el origen profesional de la enfermedad pese a aportarse a la solicitud una sentencia judicial que reconocía el origen profesional del síndrome del túnel carpiano de una compañera de la propia afectada, y de Mutualia, a quien acusa también de ocultar el origen profesional de la dolencia. Según el sindicato esto es especialmente grave, porque se observa que las mutuas están ocultando este tipo de dolencias musculoesqueléticas en sectores feminizados, como el sector de ayuda a domicilio.

    En este sentido, CCOO considera que esta actuación de las mutuas en general, y de Mutualia en este caso, está teniendo una incidencia en la brecha de género que perjudica a las mujeres en nuestro mercado de trabajo, no sólo debido al perjuicio económico que les ocasiona que una dolencia profesional no se reconozca como tal, sino también por el tiempo que conlleva todo el proceso de reconocimiento, puesto que existen sectores feminizados que no tienen reconocidos sus derechos en materia de salud laboral porque ésta no se analiza desde un punto de vista de género real.