euskadiko langile komisioak | 13 octubre 2026.

La justicia condena a cuatro empresas, entre ellas Fagor Ederlan, por la muerte de un trabajador en Eskoriatza

  • CCOO denuncia que la sentencia recoge de forma clara que exist铆a una cadena de subcontrataci贸n en la que la coordinaci贸n de actividades en materia preventiva no fue la adecuada

28/09/2026.
Foto Europa press

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La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Eibar ha emitido en fechas recientes la sentencia 146/2026, por la que se condena de forma solidaria por el fallecimiento del trabajador K.U.K. a las empresas Orixol Garraioak SL, Azkamsa SL, Areazka 2014 SL y Fagor Ederlan Sdad. Coop. 

K.U.K era trabajador de Orixol Garraioak SL, y sufrió el 13 de marzo de 2024 un accidente de trabajo en las instalaciones de la empresa Fagor Ederlan Sdad. Coop. en Eskoriatza, cuando abrió la puerta de la caja del camión que conducía y cayeron sobre él las bobinas que transportaba en el camión. Falleció a causa del accidente el 9 de abril de ese mismo año. La sentencia establece un recargo del 30% de todas las prestaciones de Seguridad Social para las personas familiares del trabajador, a pagar por las empresas.

La sentencia desenmaraña una compleja cadena de subcontratación. Fagor Ederlan contrató la gestión logística a Azkamsa SL. Azkamsa subcontrató el transporte a Orixol Garraioak SL, la empresa del trabajador fallecido. Además, encargó la carga y descarga de mercancías a Areazka 2014 SL, de su mismo grupo empresarial.

La sentencia establece igualmente que “ninguna de las empresas intervinientes se preocupó de llevar a cabo una verdadera, real y efectiva actividad de coordinación”, no cumpliendo ninguna de ellas “con las obligaciones de prevención de riesgos laborales legalmente previstas para los casos de cadena de subcontratación, de lo que deriva la responsabilidad solidaria de todas ellas en la producción del accidente”. Las empresas llevaron a cabo un intercambio de documentación que la sentencia considera insuficiente.

Sobre lo hecho y lo dejado de hacer por las empresas, la sentencia establece que Orixol Garraioak SL “ha incumplido el deber de controlar periódicamente las condiciones de trabajo”. Se dice igualmente que Fagor Ederlan Sdad. Coop. recibe información del proveedor sobre cómo apilar y trasladar la mercancía, pero no lo comunica a Azkamsa SL hasta seis días después de haberse producido el accidente, por lo que esta tampoco lo había comunicado a Orixol Garraioak SL ni a Areazka 2014 SL en el momento de la subcontratación. La indicación del proveedor de las bobinas que se transportaban de no apilar los palés no se había comunicado pues con carácter previo al accidente a lo largo de la cadena de subcontratación. Aparte de todo esto, y la sentencia lo recoge igualmente, los flejes y el envoltorio de retractilado de las bobinas se encontraban rotos.

CCOO recuerda que ha llamado la atención en varias ocasiones y en diversos espacios, entre ellos el propio consejo general de Osalan, sobre las consecuencias que la subcontratación en general, y diversas formas de subcontratación abusiva en particular, como las cadenas de subcontratación, tienen en la generación de daños a la salud en el trabajo, accidentes de trabajo mortales entre ellos. Para el sindicato, los fallos de coordinación en este caso son flagrantes. La información clave para evitar el accidente no llegó a las empresas hasta seis días después de producirse. Para CCOO, este accidente se podía haber evitado con una coordinación preventiva adecuada.