euskadiko langile komisioak | 29 marzo 2024.

CCOO censura que la mutua Fremap dilate durante más de tres años la entrega de audífonos a un trabajador aquejado de sordera profesional

  • El sindicato, que ha conseguido una sentencia judicial favorable a los intereses del trabajador, ya se movilizó frente a las dependencias de Fremap en Arrasate en julio de 2022 por este motivo.

09/01/2023.
Imagen de archivo en Fremap Arrasate

Imagen de archivo en Fremap Arrasate

El Juzgado de lo Social de Eibar ha emitido en fechas recientes la sentencia 211/2022, por la que se condena a la mutua Fremap a que, a su elección, proporcione al trabajador jubilado J.F.G. los audífonos que este reclama a la mutua o la cantidad de 5.328 euros, es decir, el coste económico de los mismos. 

J.F.G. ha sido trabajador de la empresa Ifam Seguridad SLU desde 1972 hasta su jubilación en el año 2021, estando expuesto a niveles elevados y constantes de ruido en el ambiente de trabajo. Al trabajador se le reconoció un baremo 11 de sordera de origen profesional mediante resolución de la Seguridad Social en 2019, por pérdida auditiva derivada de la exposición a ruido en el trabajo. 

La resolución adquirió carácter de firmeza efectiva al no ser recurrida ni por Fremap ni por la empresa del trabajador, hasta el punto de que Fremap abonó al trabajador la indemnización correspondiente al citado baremo 11, reconociendo de facto el origen profesional de la patología. Al ser Fremap la entidad responsable de las contingencias profesionales de la plantilla de Ifam Seguridad SLU, lo es también del tratamiento de las mismas, tratamiento que en los casos de baremo 11 de sordera profesional, el más grave de los posibles, incluye la prescripción de audioprótesis, a la que Fremap se ha negado en todo momento sin justificación alguna.

La sentencia considera acreditado que la sordera que presenta el trabajador tiene un origen profesional, estableciendo también que “en las contingencias profesionales rige el principio de reparación íntegra del daño”, lo que conlleva que se preste la asistencia sanitaria de la forma más completa, suministrándose en este caso prótesis auditiva a cargo de la mutua. La sentencia también recoge que la propia mutua Fremap dispone de documentación generada por la propia entidad que reconoce la necesidad de audioprótesis bilateral, puesto que Fremap solicitó informe al Hospital Quironsalud, informe en el que se refleja tal conclusión. Osakidetza también emitió informe con la misma conclusión.

Tras las reclamaciones oportunas de CCOO ante la Seguridad Social, también este organismo se ha pronunciado mediante dos resoluciones haciendo responsable a Fremap del pago de los audífonos. Una vez emitida la segunda de ellas, el sindicato se puso en contacto por vía telefónica con el responsable del local de la mutua Fremap en Arrasate, en un intento de que no se dilatase más en el tiempo la entrega de los audífonos, pero el intento resultó infructuoso y la mutua apostó por retrasar la entrega y obligar al trabajador a presentar demanda judicial. 

En julio de 2022 también hubo una movilización de CCOO frente a ese mismo local, durante la cual se trasladaron por escrito al citado responsable las reivindicaciones del trabajador.

CCOO quiere denunciar que la mutua Fremap ha dilatado de forma consciente, durante al menos ya tres años y medio, el tratamiento que J.F.G. precisa para su enfermedad profesional, lo que significa una merma importante en su calidad de vida debido a una falta de voluntad de Fremap de prestarle la asistencia a la que viene obligada la entidad y a su intención de realizar recortes económicos en los tratamientos que precisan las personas aquejadas de patologías de origen profesional. El sindicato denuncia igualmente que la cantidad de 5.328 euros es irrisoria para una mutua, pero un verdadero lastre en el presupuesto doméstico de una familia de clase trabajadora.

También en julio del pasado 2022 CCOO trasladó a la opinión pública lo que consideraba una campaña de Fremap para ocultar patologías de origen profesional derivándolas al sistema público de salud, y así evitar las obligaciones económicas derivadas del pago de las prestaciones por contingencia profesional. A la negativa de proporcionar audífonos a J.F.G. se sumaron casos de no reconocimiento de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por parte de Fremap a personas trabajadoras de Metalocaucho SL, Refractarios Alfran SA y Auzo Lagun Sdad. Coop. Tales situaciones fueron revertidas a contingencia profesional tras la acción sindical y jurídica de CCOO.