euskadiko langile komisioak | 29 marzo 2024.

El acuerdo alcanzado sobre la RGI supone “un buen punto de partida” para blindar de forma progresista el escudo social vasco

  • CCOO de Euskadi destaca que algunos de los elementos de mejora de la RGI que el sindicato señaló como importantes para facilitar los consensos y ampliar la cobertura de la RGI, se han recogido en el acuerdo.

11/10/2022.
Europa press

Europa press

Ya desde marzo de 2017, CCOO de Euskadi ha expresado la necesidad de que la reforma de la RGI debiera garantizar, al menos, llegar a todas las personas que, necesitándola, no están  pudiendo acceder a ella. Para ello creíamos oportuno modificar los requisitos de acceso para ampliar el número de personas que pueden tener derecho a la RGI, así como mejorar las cuantías de la misma. 

Entendíamos, además, que existía un margen real de mejora con respecto a las cuantías propuestas. De hecho, la coexistencia del IMV y la RGI debía servir, en este sentido, como palanca de ahorro para el sistema vasco, de forma que ese previsible ahorro fuera una oportunidad para aumentar la cuantía final que perciba la persona perceptora de la renta. 

Necesidad de consensos

Para CCOO de Euskadi estamos, ante un debate identitario, en tanto en cuanto el sistema de RGI es parte de “nuestro patrimonio político, económico, social y moral”. Entendíamos que la RGI y su reforma eran demasiado importantes como para caer en la tentación de buscar una aprobación de la misma sin los necesarios consensos plurales, transversales y mayoritarios. 

En este sentido, agradecemos a las organizaciones que han logrado el acuerdo que hayan conjugado, a nuestro juicio de forma oportuna, las principales demandas de muchas de las organizaciones que comparecimos en las ponencias parlamentarias y la necesidad del consenso que señalábamos. 

Entendemos que todavía existen márgenes de negociación y mejora de la norma para logra un acuerdo más amplio, con las fuerzas que han contribuido también, en mayor o menor medida, a la construcción y refuerzo del escudo social a nivel estatal. 

Edad mínima de percepción de la RGI y periodos de empadronamiento

En nuestras aportaciones sobre este tema hemos trasladado al gobierno y a los partidos políticos con representación parlamentaria, la propuesta de elaborar un estudio cuyo objetivo debía ser cuantificar el costo real que supondría la rebaja de la edad de percepción de la RGI a los 18 años. 

Entendíamos que tanto la rebaja de la edad de percepción como la reducción de los periodos de empadronamiento contribuían de forma notable a la extensión de la cobertura de la renta de garantía de ingresos. 

Además, esta extensión de cobertura acredita la referencia que hacíamos en nuestras alegaciones al Comité Europeo de Derechos sociales cuando señalaba, como motivo de incumplimiento de la Carta Social Europea en España, los requerimientos para acceder a la renta mínima, tanto en lo que se refiere al tiempo de residencia como a la edad mínima, exigidos en la mayoría de las comunidades autónomas. 

Creemos que es un avance importante que aterriza en el texto una de las principales demandas de esta organización para ampliar la cobertura de la RGI. 

Cuantías 

Según el acuerdo, la renta máxima garantizada que corresponda a una persona beneficiaria individual no podrá ser inferior a la tasa de riesgo de pobreza. En estos nuevos términos, la cuantía se acerca al objetivo, ya señalado de forma reiterada por el sindicato, de asegurar una cuantía que evite las situaciones de pobreza tal y como ya afirmaba la resolución del Parlamento Europeo de 24 de octubre de 2017 sobre políticas encaminadas a garantizar la renta mínima como instrumento de lucha contra la pobreza.