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CCOO denuncia una “intensa campaña” de la mutua Fremap para ocultar patologías de origen profesional y evitar las obligaciones económicas que se generan

  • Pese a todo, los recursos, reclamaciones y acciones judiciales llevadas a cabo por CCOO están sacando a la luz el origen profesional de las dolencias

21/07/2022.
Concentración ante la mutua FREMAP en Arrasate

Concentración ante la mutua FREMAP en Arrasate

CCOO denuncia que la mutua Fremap está llevando a cabo una campaña especialmente intensa en relación al ocultamiento del origen profesional de patologías y hechos acaecidos en tiempo y lugar de trabajo que constituyen igualmente daños cuyo origen es evidentemente laboral.

Si bien esta práctica es habitual por parte del conjunto de mutuas, parece haber adquirido una relevancia particular en la actividad de Fremap. No obstante, el sindicato advierte que las reclamaciones a la Seguridad Social así como las diversas acciones judiciales llevadas a cabo por su gabinete de salud laboral o sus servicios jurídicos están dando frutos de forma constante, sacando a la luz el origen profesional de diversos tipos de daños a la salud y condenando a Fremap al pago de las prestaciones económicas que se generan.

En este sentido, el TSJPV ha reconocido que la incapacidad total de la trabajadora del sector de la limpieza L.E.C.M. es de origen profesional. La trabajadora pertenece a la empresa Auzo Lagun Sdad. Coop. y está afectada por una dermatitis relacionada con la exposición a productos de limpieza. Fremap se ha opuesto en el acto judicial a las pretensiones de la trabajadora, pero finalmente la mutua ha resultado condenada al pago de la prestación económica. En relación a este caso, CCOO ya hizo público en 2020 que habían sido reconocidos también en los juzgados el origen profesional de varios periodos de baja médica por este mismo motivo.

De igual manera, el Juzgado de lo Social Nº1 de Donostia ha reconocido el origen profesional de un periodo de baja por lumbalgia de J.M.P., trabajador de la empresa Metalocaucho SL, que sufrió un tirón lumbar al abrir una puerta corredera en su centro de trabajo. Según la sentencia, Fremap ha intentado argumentar que este hecho “no constituye un accidente, sino un sobreesfuerzo”, pretendiendo ignorar que este tipo de acciones se presumen accidente de trabajo si ocurren en tiempo y lugar de trabajo.

Por otra parte, también el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha reconocido como accidente de trabajo el resbalón que el trabajador de la empresa Refractarios Alfran SA F.P.N. sufrió en el vestuario una vez finalizado su turno de trabajo, y que le ha ocasionado fractura de costilla al golpearse con un banco. Fremap, por su parte, también se opuso desde el primer momento a reconocer la lesión del trabajador como derivada de un accidente de trabajo.

En relación con estos hechos, CCOO también quiere recordar que el jueves de la semana pasada se concentró ante el local de Fremap en Arrasate debido a que la mutua está denegando los audífonos a un trabajador al que se le ha reconocido el máximo baremo de enfermedad profesional por la sordera que padece. Como en los casos anteriores, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha establecido también la responsabilidad de Fremap en relación con la prescripción de los audífonos al trabajador, al ser esta mutua la entidad responsable de la cobertura de las contingencias profesionales.

Teniendo en cuenta todos estos hechos, CCOO anima a todas las personas trabajadoras a que no den por buenos los diagnósticos de Fremap ni del resto de mutuas que deriven a enfermedad común cualquier tipo de dolencia y a que acudan al sindicato para que se pueda valorar debidamente el posible origen profesional, así como reclamar el correspondiente abono de las prestaciones económicas por contingencia profesional.