euskadiko langile komisioak | 20 abril 2024.

La justicia reconoce que el amianto es el causante de la muerte de un trabajador de La Naval

    El Juzgado de lo Social Nº10 de Bilbao ha emitido una sentencia por el que se reconoce la incapacidad permanente absoluta por enfermedad profesional debido a la exposición laboral al amianto a J.I.C.D. Este trabajador, según considera probado la sentencia ratificando lo expuesto en el informe elaborado por Osalan, estuvo expuesto al amianto en su puesto de trabajo como soldador en La Naval (actualmente Izar Construcciones Navales SA en liquidación) durante los años 70, 80 y 90. El trabajador se jubiló en octubre de 2012 y fallece en diciembre de 2016 debido a un cáncer escamoso de pulmón.

    06/02/2018.
    Genérica de La Naval

    Genérica de La Naval

    J.I.C.D. realizó su trabajo en la Naval expuesto al amianto sin que la empresa le informase del riesgo que ello implicaba. Como equipo de protección individual, al principio se le facilitó una gasa que posteriormente fue sustituida por una mascarilla de papel con carbono, resultando ambas claramente insuficientes. La empresa tampoco se preocupó de incluir al trabajador en el listado de trabajadores y extrabajadores probablemente expuestos al amianto que gestiona Osalan, trámite necesario para que se le realizase la vigilancia post-ocupacional de la salud y que habría posibilitado una detección precoz de la dolencia.

    La sentencia considera que el cáncer escamoso de pulmón es de origen profesional, pese a que lo que está reconocido como enfermedad profesional por exposición al amianto en el Real decreto 1299/2006, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales, es la neoplasia maligna de pulmón. La sentencia es pionera puesto que considera coincidentes ambas dolencias, estableciendo una identidad entre ellas al ser dolencias cancerígenas de pulmón. En la sentencia figura de forma textual que “examinada la clasificación de neoplasias pulmonares, tenemos, entre ellas, unas denominadas neoplasias pulmonares raras”, y entre ellas el carcinoma escamoso que padece J.I.C.D. La patología es considerada “una neoplasia maligna y por tal se encuentra dentro de las enfermedades profesionales” calificadas como neoplasia maligna de pulmón por exposición al amianto del citado cuadro de enfermedades profesionales.

    El reconocimiento del origen profesional de la dolencia que ha ocasionado el fallecimiento del trabajador abre la puerta al recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo y a la indemnización por daños y perjuicios. La seguridad social también tendrá que abonar a la familia la pensión de los meses transcurridos desde la solicitud de reconocimiento de la contingencia hasta el fallecimiento, a la vez que tendrá que incrementar la pensión de viudedad de su cónyuge.

    El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha exigido a las empresas en las que haya habido exposiciones al amianto que cumplimenten la inscripción de las personas trabajadoras expuestas a este material en el listado de trabajadores y extrabajadores probablemente expuestos al amianto que gestiona Osalan para que se pueda llevar a cabo de forma efectiva la vigilancia post-ocupacional de la salud.